"ANIVERSARIO DE LA DECLARACIÓN DE LOS DERECHOS DEL NIÑO/A"
1- El niño/a disfrutará de todos los derechos de esta Declaración , sin excepción alguna.
2- Todos los niños/as tienen derecho a una protección .
3- Todos los niños/as tienen derecho a un nombre y a una nacionalidad
4- Los niños/as tienen derecho a vivienda , alimentos , recreo y servicios adecuados.
5- El niño/a con problemas físicos o mentales debe recibir un tratamiento, educación y un cuidado especial.
6- El niño/a para el buen desarrollo de su personalidad debe tener amor y comprensión.
7- El niño/a tiene derecho a recibir educación gratuita y obligatoria por lo menos en las etapas elementales
8- Derecho a ser los primeros en recibir ayuda en caso de desastre .
9- El niño debe ser protegido contra toda forma de abandono, crueldad y explotación.
10- El niño/a debe ser protegido contra cualquier forma de discriminación racial, religión o de cualquier otra índole .
El 20 de noviembre de 1959, la Asamblea General de las Naciones Unidas se reunió con la intención de reafirmar los derechos universales de la niñez
Es más, un niño es una persona que tiene el derecho a divertirse, a aprender y a expresarse. Todos los niños tienen el derecho a ir a la escuela, a recibir cuidados médicos, y a alimentarse para garantizar su desarrollo en todos los aspectos.
La Convención de los Derechos del Niño
"Convenir" significa estar de acuerdo acerca de algo y tomar una responsabilidad ante lo que se "conviene". La Convención de los Derechos del Niño es un conjunto de normas acordadas que deben respetar todos los países que la firmaron y ratificaron.
Adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1989, los artículos de esta Convención proponen nuevos aportes a los contenidos en la Declaración de los Derechos del Niño de 1959, y fundamentalmente avanza en el aspecto jurídico, al hacer a los Estados firmantes "jurídicamente" responsables de su cumplimiento.
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