¡SAHARAUI, SAHARAUIA, EIDA FEIDAK LILHURRIA! (tu mano junto a la mia hasta la libertad) ¡Rompamos el bloqueo informativo. Derribemos el Muro de Silencio! ¡LABADIL, LABADIL, AN TAGHRIR ALMASSIR! (No hay otra opcion que la autodeterminación)

EL SÁHARA DE LOS OLVIDADOS اِل ساارا دي لوس اُلبيدادوس




"Háblale a quien comprenda tus palabras"
"Kalam men yafham leklam"

Un organismo de la ONU muy preocupado por el muro marroquí en el Sáhara Occidental

El Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales está profundamente preocupado que el muro marroquí impida a los saharauis disfrutar plenamente de sus derechos económicos, sociales y culturales.

En las observaciones y recomendaciones de su examen (octubre de 2015) sobre la conformidad de Marruecos con el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC), el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales ha subrayado lo siguiente con respecto al muro marroquí (berma) en el Sáhara Occidental:
7.- Mientras que toma nota de las preocupaciones de seguridad planteadas por el Estado parte, al Comité le preocupa profundamente que la berma, fortificada con minas antipersona y construida por el Estado parte entre la parte del territorio del Sáhara Occidental controlado por Marruecos y el resto del territorio, impida que los saharauis disfruten plenamente de sus derechos consagrados en el Pacto.

8.- El Comité recomienda al Estado parte que adopte medidas apropiadas para permitir a los saharauis acceder a sus tierras y recursos naturales y para reunirse con sus familias. Se le incita a acelerar su programa de desminado de la berma. El Comité pide al Estado parte que proporcione informaciones detalladas sobre el disfrute por los saharauis de los derechos consagrados en el Pacto en su próximo informe periódico.

El Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC) es un organismo integrado por 18 expertos independientes que supervisa la aplicación del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales por los Estados partes. El Comité fue establecido por la resolución 1985/17 del ECOSOC del 28 de mayo de 1985 para llevar a cabo las funciones de supervisión encomendadas al Consejo Económico y Social de Naciones Unidas (ECOSOC) en la parte IV del Pacto.


Imprimir artículo

Si te ha gustado este artículo puedes compartirlo desde tu blog, página Web o foro.







0 comentarios :

Los contenidos de este blog son propiedad de su autora y de los medios de donde han sido duplicados, citando la fuente o autor de los mismos.
Para suprimir cualquier contenido con derechos de copyright que no permita ser duplicado, contacta conmigo en teofermi1@gmail.com
teofermi1@hotmail.com