Si es recurrida, en un plazo máximo de dos meses, el Tribunal puede suspender su ejecución.
Fuentes del tribunal aseguran que la decisión, que se puede recurrir en dos meses, no invalida completamente el acuerdo de liberalización comercial con Marruecos. Solo impide que sus ventajas se apliquen a cualquier producto agrícola o pesquero cuyo origen sea el Sahara y que Marruecos pretenda exportar a la UE como producto propio.
El tribunal cree que el Consejo Europeo —que representa a los Estados miembros— “debía asegurarse de que no existían indicios de una explotación de los recursos naturales del Sahara Occidental bajo control marroquí susceptible de ir en detrimento de sus habitantes y de atentar contra sus derechos fundamentales”.
Para Fepex, aunque el peso de los productos agrícolas y pesqueros provenientes del Sahara Occidental sobre el total marroquí no es muy elevado, Marruecos ha aplicado una política de desarrollo de producciones hortícolas intensivas cada vez mayor en esta zona por lo que la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE puede tener un fuerte impacto sobre las importaciones comunitarias de frutas y hortalizas procedentes de Marruecos
La anulación del Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la UE y el Reino de Marruecos incluye el Protocolo número 1, relativo a los regímenes aplicables a la importación en la UE de productos agrícolas, productos agrícolas transformados, pescado y productos de la pesca originarios de Marruecos.
El artículo 2 del Protocolo número 1 incluye la supresión de los derechos de aduana para la generalidad de las frutas y hortalizas y flores y plantas, así como las concesiones en los precios de entrada para tomates, pepinos, calabacines, alcachofas, naranjas, clementinas, uva de mesa, albaricoques, melocotones y nectarinas.
El artículo 3 establece los contingentes mensuales con precio de entrada convencional o precio reducido para tomate.
El artículo 7 establece la medida de salvaguardia y el anexo de este Protocolo, incluye los contingentes y aranceles que se mantienen en determinados periodos, o reducidos para los siguientes productos: tomates, ajos, pepinos, calabacines, clementinas y fresas.
En 2015, hasta el mes de septiembre, la importación comunitaria de frutas y hortalizas procedentes de Marruecos totalizó 757.200 toneladas, un 3% más que en el mismo periodo de 2014, por un valor de 910,8 millones de euros (+18%), manteniendo su tendencia creciente, a pesar del previsible desvío de un volumen importante de sus exportaciones a Rusia, según datos del Eurostat, procesados por FEPEX
Fuente: agroprecios.com
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