Por Emilio Sánchez Blanco / laopinion.es
El pasado día 30 de abril tuve ocasión de leer en este periódico un análisis de don Mariano Gambín en relación con el DNI saharaui, análisis que comparto en su totalidad. En efecto, no deja de ser un ejercicio de hipocresía otorgar la nacionalidad española a los sefardíes -medida que comparto- y no hacerlo con los saharauis que hace sólo cuarenta y dos años eran conciudadanos españoles, siendo el Sáhara una provincia española más. A estos conciudadanos, buena parte de los cuales habían tenido que escapar a territorio argelino mientras eran atacados con napalm durante su viaje, se les concedió tan solo un año para presentar una solicitud de adquisición de la nacionalidad española, ¡nacionalidad que ya tenían! Y además debían presentarla personalmente y en territorio español.
Añado otro dato para conocimiento de los lectores. Cuando un nacional español -habría que indicar que de "primera", dada esta flagrante discriminación de la población saharaui- que ha nacido en el antiguo Sáhara español y que es el caso de alguno de mis hermanos -nuestro padre era militar destinado en ese territorio- solicita actualmente la renovación del DNI o del pasaporte, se indica en su lugar de nacimiento: Aaiun, Villa Cisneros, y como país ¡Marruecos! Sin embargo, cuando alguno de estos familiares viaja a Estados Unidos no tiene ningún problema en indicar en todos los documentos oficiales que ha nacido en el Sáhara Occidental, ya que en la codificación de la geonomenclatura norteamericana aparece Western Sáhara tal cual.
Otros gobiernos saben distinguir lo que son relaciones políticas y comerciales de lo que son actos administrativos y jurídicos que deben ser cautelosos y respetar la denominación de un territorio en litigio pendiente del cumplimiento de las resoluciones de Naciones Unidas. ¿Podrían las autoridades españolas ser un poco más diligentes y menos desmemoriadas a la hora de codificar geopolíticamente este territorio? ¿Se les escapa acaso que una afirmación de este tipo en un documento administrativo implica de facto un reconocimiento de la marroquinidad del Sáhara Occidental, cuando ningún país, ni Naciones Unidas, reconoce la pertenencia a Marruecos de este territorio?.
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