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El Supremo insiste en sus reproches a Interior por denegar de plano el asilo a saharauis y ordena tramitar sus solicitudes

Madrid (España).- El Tribunal Supremo ha hecho públicas este jueves otras dos resoluciones en las que obliga al Ministerio del Interior a admitir a trámite la solicitud de asilo presentada por dos ciudadanos saharauis y le reprocha que deniege de plano las peticiones que presentan miembros de este colectivo ya que, con independencia que se concedan o no finalmente, los asilos deben ser al menos tramitadas.
Ya el pasado mes de mayo el alto tribunal hizo pública una resolución admitiendo el recurso interpuesto en enero de 2011 por un ciudadano saharaui en el centro de internamiento de extranjeros (CIE) El Matorral-Puerto del Rosario. Poco antes ya se dictó otra sentencia similar respecto a una mujer en la que reprochaba al Gobierno que utilizara la vía de la denegación de plano de las peticiones para despachar solicitudes aunque no resulten obviamente inverosímiles.
En uno de los dos casos dados a conocer este jueves el Supremo destaca que se da la "singularidad" de que el Abogado del Estado, en su escrito de oposición al recurso de casación, reconoce ser consciente del criterio expresado por esta Sala en sentencias precedentes "pero aún así mantiene su oposición al recurso".

INFORMES DE ACNUR
El alto tribunal señala al respecto que la resolución de Interior debe ser anulada porque la ley obliga a dar "un tratamiento diferenciado a las personas que soliciten protección internacional, como acertadamente refiere ACNUR en sus informes".
Las sentencias del Supremo inciden en lo señalado en anteriores resoluciones porque no consideran "de recibo" que Interior amplíe la "restringida vía procedimental" con que le faculta la ley para denegar las peticiones de plano "utilizándola para despachar apresuradamente una solicitud de asilo cuya inverosimilitud, incoherencia o carencia de fundamento no se revele obvia y patente ya en un primer examen".


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